Responsabilidad de llevar contabilidad en Propiedad horizontal
la contabilidad en propiedad horizontal, si bien, a muchos nos parece complicado y hasta ajeno, la propiedad horizontal debe ser un tema de interés para aquellos que vivimos en edificios o conjuntos residenciales.
Vale preguntarse sobre las obligaciones de la propiedad horizontal en materia contable.
Según la legislación colombiana, toda propiedad horizontal legalmente constituida da origen a una persona jurídica de naturaleza civil, principalmente una entidad sin ánimo de lucro (ESAL).
En ese orden de ideas, el establecimiento de una persona jurídica implica también la obligación de llevar contabilidad. No importa si su objetivo no es la generación de ingresos.
Contabilidad en propiedad horizonta es parte de la gestión interna:l
Por parte de los registros obligatorios que debe la contabilidad en propiedad horizontal en las copropiedades, se encuentran los libros de contabilidad y de las actas de las asambleas. Así, los libros de contabilidad deben ser registrados ante la DIAN, y las actas de las asambleas ante la Cámara de Comercio o entidad correspondiente que ejerza la vigilancia y control en el domicilio.
Adicionalmente, las entidades de propiedad horizontal deben emitir sus estados financieros dictaminados y certificados por un Revisor Fiscal. Este no debe ser propietario de ningún inmueble de la propiedad. Además, no debe tener ningún parentesco con el administrador ni con el consejo de administración.
Por último, las copropiedades deberán emitir la información exógena en medios magnéticos nacionales y distritales en los casos de realizar pagos sujetos de retención en la fuente.